Usted le dijo a un reportero de La Prensa Gráfica, que si esta ley hubiera estado en vigor en el siglo XVI, “A (Martín) Lutero lo habrían metido preso por cuestionar dogmas católicos”. Afortunadamente allá en aquel siglo remoto usted no era diputado.
También dijo usted que era suficiente expresar diferencias contra las creencias religiosas en “Textos, canciones, libros, comunicados… Es decir, no necesitás ir a quemar un santo a la plaza. Podés hacer una apología (contraria a la fe) escrita en un texto”. ¿Cree que yo merezco ir preso por escribir aquello en lo que creo? ¿O lo que realmente cree que debe ser penalizado es pensar diferente?
Fíjese en lo que dice su modificación al artículo 296 del código penal: “El que de cualquier manera impidiere, interrumpiere o perturbare el libre ejercicio de una religión u ofendiere públicamente los sentimientos o creencias de la misma, escarneciendo de hecho alguno de los dogmas de cualquier religión… haciendo apología contraria a las tradiciones y costumbres religiosas… (pagará) de seis meses a dos años de prisión.
Carta de un hereje a Rodolfo Parker, Carlos Martínez, El Faro, 28 de mayo, 2007.* Para los que carecen de sentido del humor: obviamente, sólo estoy jugando con la ironía de la declaración de Parker, cuando dice que si Lutero estuviera vivo, bajo esta ley "lo habrían metido preso por cuestionar dogmas católicos".
2 comentarios:
Ni hablar. Un oscuro día en la historia de ES es ése en que alguien osa proponer una ley de tal corte.
Indica que tenemos un congreso con ignaros, de gente que de Estado, de Libertad, de Historia no sabe, no entiende. No entienden cómo funciona el mundo. Pobres brutos.
Y Rodolfo Parker? Ni tan siquiera el mismo se considera creyente de las bases de su mismo partido!
Es el peor o casi el peor de todos.
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